- Dirección Provincial de Finanzas y Precios
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Dirección Provincial de Finanzas y Precios
La Dirección Provincial de Finanzas y Precios, es una unidad presupuestada del sector de la administración pública, subordinada al gobierno local.
Visión
“Somos una organización con elevado prestigio y reconocimiento social, en constante perfeccionamiento, con profesionalidad y recursos humanos motivados, que propone e implementa eficaz y eficientemente las políticas del Estado en materia fiscal, contable, de precios, patrimonio, y la administración de las finanzas públicas.”
Misión
Ejecutar y controlar en lo que le corresponda, el cumplimiento de las normativas del Estado, el Gobierno en materias financiera, presupuestaria, tributaria, de tesorería, patrimonio, precios, contabilidad, exigiendo el uso eficaz y eficiente de los recursos financieros del Estado y realizar las propuestas que en estas materias corresponda, así como las asignadas por el Consejo Provincial, para mejorar la gestión y calidad de los servicios públicos.
Funciones de la Dirección Provincial de Finanzas y Precios
- Proponer al Consejo Provincial las directivas para la elaboración del presupuesto de la provincia y de los municipios, a partir de las directivas emitidas por el Gobierno.
- Evaluar, conciliar y consolidar los proyectos de presupuestos municipales y elaborar el presupuesto integral de la provincia (presupuesto provincial y de los municipios) y someterlo a la aprobación del Consejo Provincial.
- Controlar la ejecución del presupuesto provincial y de los municipios, y proponer o adoptar según sea el caso las medidas correctivas que procedan.
- Organizar, dirigir y consolidar la liquidación de los presupuestos municipales. Elaborar y presentar al Consejo Provincial, la liquidación del presupuesto provincial para su aprobación.
- Realizar comprobaciones de la procedencia de los gastos efectuados y cualesquiera otros procedimientos que aseguren la administración eficaz y eficiente de los recursos materiales, humanos y financieros a disposición de las entidades provinciales y municipales, su utilización conforme a los destinos previstos en los presupuestos y planes correspondientes y su contabilización acorde a las normas vigentes.
- Evaluar y proponer las actividades de las unidades presupuestadas de subordinación local con condiciones para incorporarse al sistema de financiar total o parcialmente sus gastos con sus propios ingresos.
- Potenciar y proyectar los ingresos a los presupuestos provincial y municipal.
- Evaluar, controlar y conciliar con las oficinas correspondientes de Administración Tributaria, la recaudación de sus ingresos cedidos y participativos.
- Controlar el registro e integridad del Patrimonio Estatal asignado a las entidades de su subordinación, según las disposiciones que al efecto sean emitidas por el Gobierno Central y asesorar en esta materia a los consejos provinciales y entidades radicadas en el territorio.
- Proponer al órgano superior los precios y tarifas de los productos y servicios, tanto mayoristas como minoristas que estén descentralizados en el ámbito provincial.
- Aplicar y controlar lo que corresponde en cuanto a las contravenciones en materia de precios mayoristas y minoristas, y tarifas técnico productivas; organizar y realizar inspecciones de precios y tarifas técnico-productivas a las entidades del territorio, con independencia de su subordinación.
- Elaborar, actualizar y evaluar la programación del Flujo de Caja de las cuentas del Sistema de Tesorería que administran y las reprogramaciones que se consideren necesarias a partir del funcionamiento de estas.
- Administrar y controlar los recursos existentes en las cuentas del Sistema de Tesorería que funcionan a su nivel, así como el registro de las operaciones que se realizan en esas cuentas.
- Organizar y realizar controles en materia de Tesorería a las unidades presupuestadas de su subordinación y a las direcciones municipales de Finanzas y Precios.
- Registrar las transacciones y consolidar la información que posibilite la presentación de los estados financieros de la gestión consolidada del sector gobierno a ese nivel, mostrando los resultados económicos y financieros, a partir de lo establecido en el Sistema de Contabilidad Gubernamental.
- Controlar y evaluar los trabajos de las oficinas municipales encargadas del cobro de las multas.
- Emitir, oportunamente y de acuerdo con los indicadores y procedimientos establecidos, Ias informaciones que en materia financiera, de presupuesto, contabilidad, precios y de tesorería, deban ser enviadas a los organismos y entidades nacionales correspondientes.
- Notificar las resoluciones emitidas al amparo de la aplicación del Decreto-Ley 149, del 4 de mayo de 1994 “Sobre confiscación de bienes e ingresos obtenidos mediante enriquecimiento indebido”; tramitar los recursos de Reforma y los procedimientos de Revisión; ejecutar y controlar la confiscación de los bienes y su destino final, según corresponda.
- Evaluar los resultados financieros de las entidades de la subordinación local, proponer al Consejo Provincial y a sus dependencias, las acciones encaminadas a incrementar la eficiencia de dichas entidades. Organizar la elaboración y control de los programas de la eliminación de la incosteabilidad y evaluar su resultado relacionándolos con la asignación de recursos financieros.
- Dirigir, controlar y ejecutar las normativas referidas a los Cobros y Pagos en el territorio de conformidad con la normativa vigente.
Conozca la estructura organizativa de la Dirección Provincial de Finanzas y Precios.