Cesión de azotea
- Detalles
- Creado: Viernes, 16 Noviembre 2018 13:39
- Última actualización: Viernes, 16 Noviembre 2018 13:44
- Escrito por Planificación Física
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Los interesados en ceder el uso de la azotea para la construcción de viviendas, presentan escrito de solicitud a la Dirección Municipal de Planificación Física correspondiente, que debe reflejar:
- Generales de las partes;
- definición del acto mediante el cual pretende transmitir el uso de la azotea;
- dirección donde esté ubicada la vivienda; y
- especificar si se cede todo o una parte. Si es parte, definir el área a ceder.
Al escrito de solicitud se acompañan los documentos siguientes
- Dictamen técnico que exprese que el inmueble resiste la nueva construcción, emitido por la entidad facultada para ello; y croquis que refleje los datos contemplados en el punto anterior;
- título acreditativo de la propiedad de la vivienda; y
- sello de timbre correspondiente.
Los expedientes de cesiones de la propiedad de azoteas y solares yermos son recepcionados por la Dirección Municipal de Planificación Física, que tras sustanciarlos los eleva, dentro del término de treinta (30) días hábiles de radicado, a la Dirección Provincial de Planificación Física que debe darles solución en un término de treinta (30) días hábiles, a partir de recibirlos.




















