Leyes
- Detalles
- Creado: Jueves, 22 Noviembre 2018 14:24
- Última actualización: Jueves, 22 Noviembre 2018 14:24
- Escrito por Cultura
- Visto: 111
Certificados de Exportación para Artes Plásticas: 10:00 cuc hasta cinco obras de un mismo autor. Si se excede se hará un nuevo certificado abonando otros 10:00 cuc.
Los autores que viajan portando su obra pagan: 10:00 cup hasta cinco obras.
Certificados de exportación para Artes Decorativas: 25: 00 cuc hasta cinco piezas.
Certificados de Exportación para Conjuntos, Juegos o Colecciones: 30:00 cuc.
Para los artistas de las artes plásticas que comercializan en vivo a través del Fondo Cubano de Bienes Culturales, el Registro le presta el servicio de sellaje para facilitar su control en Aduana. Este proceso se realiza todos los miércoles a las 9:00 am en la oficina del Registro de Bienes Culturales.
La creación del Registro de Bienes Culturales se estipula en la Ley No.1 “De protección al patrimonio cultural”, del año 1977.
Entre sus funciones más importantes se encuentran:
Dirigir y ejecutar la inscripción de los bienes que hayan sido declarados Patrimonio Cultural de la Nación, así como de los bienes de valor museable que se encuentren en el territorio nacional, establecer, organizar y supervisar un inventario general que permita el conocimiento, control y evaluación de todos los bienes antes mencionados.




