Direcciones Municipales de Educación

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Creado: Sábado, 10 Noviembre 2018 13:00
Última actualización: Lunes, 12 Noviembre 2018 13:06
Escrito por Educación
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Funciones específicas

  1. Establecer y controlar los planes municipales para el desarrollo de la Educación Preescolar, la Educación Primaria, la Educación Especial, la Educación Secundaria Básica, la Educación Preuniversitaria, la Educación Técnica y Profesional así como de la Educación de Adultos.
  2. Organizar los procesos para la adecuación y regulación de los objetivos y la planificación de actividades, así como la ejecución de las acciones de control de sus cumplimientos a corto, mediano y largo plazo.
  3. Orientar y controlar metodológicamente el trabajo docente educativo de las instituciones educativas y el Palacio de Pioneros.
  4. Promover, organizar, facilitar e integrar la labor de todos los organismos y organizaciones que participan en las actividades educacionales de forma sistemática y coherente.
  5. Establecer los objetivos, tipos y especialidades de los centros docentes y otras instituciones educacionales que correspondan a los distintos subsistemas de Educación.
  6. Establecer, asesorar y controlar la aplicación de las disposiciones legales y metodológicas que rigen el proceso docente educativo de los niveles y tipos de educación que dirige y de las demás actividades que, como consecuencia de este proceso, se realizan por otros organismos estatales y por las organizaciones políticas, sociales y de masas.
  7. Elaborar, en coordinación con los demás organismos y organizaciones políticas y de masas, la propuesta para la aprobación por el Gobierno de los planes de continuidad de estudio para todos los graduados de sexto y noveno grados, así como los de decimosegundo grado que no accedan a la Educación Superior ni pasen al Servicio Militar Activo, en correspondencia con las prioridades del desarrollo económico y social de la provincia y la red de centros existentes.
  8. Asesorar, orientar, supervisar y controlar sistemáticamente a las educaciones y los centros educacionales, para propiciar el adecuado desarrollo de sus funciones, así como supervisar y controlar sistemáticamente el cumplimiento de estos a través de diferentes vías.
  9. Controlar los requisitos para la creación, fusión, traslado y cierre de centros docentes y de locales escolares pertenecientes al Ministerio de Educación y aprobar aquellos casos que por su importancia y magnitud así se demande.
  10. Establecer, orientar y controlar las direcciones principales de la preparación política ideológica, la educación patriótica militar e internacionalista de los educandos, así como del personal docente y de dirección, a fin de ejercer la adecuada influencia sobre los niños y jóvenes en cada momento histórico del desarrollo de nuestra Revolución.
  11. Establecer, orientar y controlar las normas y los requisitos para la aplicación del principio de la combinación del estudio trabajo en todos los niveles y tipos de enseñanza.
  12. Diseñar, orientar y controlar la política relacionada con la formación vocacional y la orientación profesional de las nuevas generaciones, en correspondencia con las necesidades del desarrollo socioeconómico del municipio.
  13. Orientar y controlar la aplicación de la política respecto a la formación, completamiento, retención, superación y utilización más racional de la fuerza de trabajo docente y de dirección.
  14. Diseñar, orientar y controlar el cumplimiento de los planes dirigidos a lograr la educación de la familia cubana y para mantenerla informada sobre los aspectos más importantes de la educación y desarrollo de sus hijos.
  15. Dirigir y orientar el proceso de planificación (anual y mensual) de las actividades de la DME y las demás entidades subordinadas.
  16. Decidir y controlar la instrumentación, aplicación y cumplimiento de la Política de Cuadros referido al movimiento de la Reserva Especial Pedagógica.
  17. Aplicar y controlar los planes de estudio y programas vigentes.
  18. Asesorar y controlar la aplicación de las disposiciones legales y metodológicas que rigen el proceso docente educativo.
  19. Cumplir con las regulaciones en cuanto a la acreditación, expedición y entrega de títulos y diplomas.
  20. Evaluar y controlar el proceso de desarrollo y transferencia tecnológica en las actividades a su cargo, así como el funcionamiento y el uso y desarrollo efectivo de su potencial científico, de acuerdo con las regulaciones que se establezcan.