Serán objeto de autorización de construcción o de obra las siguientes:
Obras menores externas a la edificación;
Acciones constructivas en el interior de los inmuebles, que impliquen modificaciones a las redes hidrosanitarias;
Pintura y reparación en exteriores cuando se trate de edificios multifamiliares, inmuebles ubicados en zonas declaradas monumento nacional y local así como en avenidas principales definidas en los planes de Ordenamiento Territorial y Urbano;
Las que ocupen suelo temporalmente;
Las que signifiquen incrementos en el consumo de agua, electricidad y en la evacuación de residuales, solo en caso de viviendas;
Demoliciones y apuntalamientos totales o parciales, previo dictamen de la entidad facultada para el caso de viviendas;
Sustitución total de la impermeabilización del inmueble;
Acciones en vías y pavimentos, tales como bacheo, cunetas, barandas y reparaciones de pavimento;
Modificaciones de fachadas.
En particular, para la solicitud de la Autorización de Obra por las personas naturales debe presentar en la oficina de trámites lo siguiente:
- titularidad del inmueble,
- croquis o proyecto de las acciones constructivas o de montaje a realizar, debidamente acotado, elaborado por la entidad facultada (actualmente Arquitecto de la Comunidad) o por un familiar,
- sello de timbre correspondiente.
El término de este trámite es de 15 días hábiles.
El precio de este documento es de 20 pesos.