A partir del 10 de enero se establecen los límites para las operaciones por Canales de Pago Electrónico, Efectivo y en Cajeros Automáticos que realizan las Personas Naturales mediante los productos Ahorro, Nómina, Jubilados y Formación de Fondos soportados en Tarjeta Magnética como sigue:
- Extracciones de efectivo a través de Cajeros Automáticos.
Límite por Operación: 80,000.00 CUP.
Límite en su sumatoria para un mes: 120,000.00 CUP.
- Transferencias electrónicas en CUP por Transfermovil, ENZONA, BANCA TELEFONICA y Cajeros Automáticos.
Límite por Operación: 80,000.00 CUP.
Límite en su sumatoria para un mes: 120,000.00 CUP.
- Transferencias electrónicas en USD por Transfermovil, ENZONA, BANCA TELEFONICA y Cajeros Automáticos.
Límite por Operación: 1000.00 USD.
Límite en su sumatoria para un mes: 5 000.00 USD.
- Pagos de servicios o compra de mercancías a entidades estatales y otras formas de gestión no estatal.
Sin límite, no establecer límites a las operaciones con destino a entidades estatales y otras formas de gestión no estatal.
Si se excede del limite debe acudir a una Sucursal de BPA.