Las personas naturales son las personas físicas, los ciudadanos, con capacidad para ser sujetos de derechos y obligaciones tributarias.
Dentro de las personas naturales se incluyen:
- Los trabajadores por cuenta propia que son mayoría y están sujetos a dos regímenes de tributación: el General y el Simplificado. En este sector se incluyen además, los diferentes modelos de gestión: Transporte, barbería-peluquería, servicios gastronómicos, baños públicos y otros.
- Los artistas y creadores del Sector de la Cultura, su personal de apoyo y el personal asalariado de la radio y la televisión.
- Comunicadores y Diseñadores pertenecientes a la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales.
- Personal que labora en sucursales extranjeras y recibe gratificaciones.
- Pequeños agricultores.
- Usufructuarios de tierra.
- Vendedores y adquirientes de autos y viviendas.
- Contratados para trabajar en el exterior por gestión propia.
- Agentes o representantes de firmas extranjeras.
- Extranjeros con permiso de trabajo.
- Propietarios y poseedores de vehículos de motor y tracción animal destinados al transporte terrestre.
- Ciudadanos propietarios de embarcaciones.
- Propietarios de inmuebles.
- Otros ciudadanos que realicen actos gravados por un tributo y estén obligados a su pago.
Clasificador de Actividades Económicas de Personas Naturales:
El Código que les asigna la ONAT.
El Código definido para estas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). La descripción de cada una.
El Régimen de Tributación al que pertenecen.
La cuota mínima mensual asignada por ley a las autorizadas a ejercer dentro del trabajo por cuenta propia.