La creación del Registro de Bienes Culturales se estipula en la Ley No.1 “De protección al patrimonio cultural”, del año 1977.
Entre sus funciones más importantes se encuentran:
Dirigir y ejecutar la inscripción de los bienes que hayan sido declarados Patrimonio Cultural de la Nación, así como de los bienes de valor museable que se encuentren en el territorio nacional, establecer, organizar y supervisar un inventario general que permita el conocimiento, control y evaluación de todos los bienes antes mencionados.
Coordinar con la Aduana General de la República las medidas necesarias para certificar la entrada al territorio nacional de bienes culturales que han de permanecer con carácter temporal o definitivo en el país y autorizar o no la exportación temporal o definitiva de bienes culturales; en caso de autorizarlo emitirá el certificado de exportación que debe presentarse ante la Aduana a la hora de hacerse efectiva la salida.
La ejecución del inventario y posterior inscripción de la(s) pieza(s) no se fundamenta en el control por el control, esto permite al país conocer y evitar la fuga de su patrimonio. El propietario o tenedor se beneficia al contar con un dictamen técnico de la(s) pieza(s) emitido por especialistas y ante un posible robo y extracción ilegal del país, la Interpol sólo acepta en sus denuncias los bienes que han sido inscripto en el Registro de Bienes Culturales.
La oficina del Registro Provincial de Bienes Culturales en Ciego de Ávila tiene su sede en Honorato del Castillo No. 55, entre Libertad y Máximo Gómez, teléfono 3321-2114. En el Museo “Caonabo” de Morón se puede realizar solicitudes de exportación.
En el Aeropuerto Internacional “Jardines del Rey” un especialista del Registro asesora a la Aduana en asunto de exportación de bienes culturales, donde las obras de las artes plásticas que lleguen indocumentadas serán autorizadas, siempre y cuando sean pinturas frescas o de feria y se abone la tarifa se $3.00 CUC por cada obra.