El 2023 arrancó “movidito” para la banca cubana que, por estos días, acapara titulares y mueve el comentario popular, luego de que el pasado 10 de enero, el Banco Metropolitano informara sobre el establecimiento de límites a las operaciones bancarias de extracción de efectivo y transferencias, efectuadas a través de los canales electrónicos.
Desde el día 12, la medida, que no ha podido escapar a la polémica, también se hizo efectiva en las sucursales de los bancos de Crédito y Comercio (BANDEC) y Popular de Ahorro (BPA).
A propósito de las dudas surgidas en la población a partir de implementada la nueva disposición, Loida Hernández Alejo, subdirectora comercial de BANDEC en Ciego de Ávila, explicó a Invasor que esta no es una iniciativa exclusiva de Cuba, sino una normativa que existe en todo el mundo y que el banco utiliza para proteger los diferentes canales de pago y ordenar el flujo para lograr mayor transparencia en las operaciones, pero, “no limita, en ningún momento, que las personas puedan extraer su dinero”.
Conforme aclaró en días pasados el Banco Central de Cuba, el establecimiento de límites en las transacciones de los clientes, de acuerdo con la naturaleza de las operaciones, responde a una práctica financiera internacional de aplicar la debida diligencia en los bancos, al ser Cuba signataria de las convenciones de Viena (Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Controladas), Palermo (Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional), y Mérida (Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción).
Sobre la recién implementada decisión, Vlamir Rodríguez Fernández, jefe del Departamento de Banca Electrónica de BANDEC en la provincia, puntualizó que la misma comprende las operaciones de las cuentas personales relacionadas con salario, jubilación, ahorro, formación de fondos y colaboración, desde las cuales se ejecutan movimientos entre personas naturales y para los que se establece un límite diario de hasta 80 000 pesos cubanos (CUP) por operación, y un máximo de hasta 120 000 CUP al mes; mientras que en el caso de la Moneda Libremente Convertible (MLC) el tope diario por operación es de hasta 1000, y mensual un máximo de hasta 5000.
Por su parte, aquellos clientes que necesiten realizar operaciones con otra persona natural que superen los montos establecidos, deberán acudir a las sucursales bancarias para solicitarlo y firmar una declaración jurada de origen y destino, lo que, en palabras de la subdirectora comercial, “no significa que se vaya a cuestionar el origen de ese dinero, sino que, tanto el banco como el cliente puedan evidenciar la licitud de la operación”.
Las limitaciones, apuntó, no abarcan las transacciones que se efectúen desde las cuentas personales como parte del pago a personas jurídicas u otros actores económicos de la sociedad por cualquier concepto (bienes o servicios adquiridos, reservaciones de instalaciones turísticas, pago en unidades del Comercio o la Gastronomía, entre otras).
Asimismo, la medida no aplica para los movimientos de efectivo que se realizan entre personas jurídicas y otros agentes de la economía (trabajadores por cuenta propia, cooperativas o micros, pequeñas o medianas empresas privadas) desde sus cuentas corporativas, puesto que, al estar estas vinculadas al negocio, se relacionan con los pagos y las actividades autorizadas en su objeto social o empresarial.
Estos límites, precisó Lisandra Ruiz Palmero, oficial de cumplimiento en BANDEC, se implementaban desde febrero de 2022 para las operaciones que realizaban las personas naturales en las sucursales bancarias, solo que ahora, se decidió extenderlos a las operaciones virtuales efectuadas a través de los canales de pago, dado el incremento de su uso en los últimos tiempos, el número cada vez mayor de clientes que operan tarjetas magnéticas, los altos precios y la inflación que vive el país.
Aunque para muchos la disposición resulta arbitraria, las estadísticas evidencian que dichos límites responden a la manera en que se operan estas cuentas en los bancos, pues, según dio a conocer Yelegnis Fernández Castro, directora general de la Banca Electrónica del Banco Metropolitano, en un reporte del colega Lázaro Manuel Alonso, durante el mes de diciembre apenas el 0.2 por ciento de los clientes efectuó operaciones por más de 80 000 CUP, mientras que, por más de 120 000 CUP al mes, solamente lo hicieron el 0.1 por ciento.
Si algo hay que cuestionar es que a estas alturas la lógica se invierta y decisiones de este tipo primero se implementen y luego se informen. ¿Dónde queda la comunicación y el derecho a la información oportuna?, o, ¿acaso la buena atención al cliente no va también de eso?