Trámites de Permuta

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    Los documentos a presentar son:

    1. Solicitud de las partes permutantes con un sello de $ 20.00 cada uno.
    2. Los Directores de las Empresas deben acreditar el interés estatal en la permuta, o sea, en qué se beneficia el Estado al autorizar dicho acto, tanto el que recibe como el que entrega las tierras.
    3. Criterio del Presidente de la Cooperativa de Créditos y Servicios y la Junta Directiva de ambos territorios.
    4. Criterios de los Presidentes de la ANAP Provincial y Municipal de ambos territorios y del Presidente de la ANAP a nivel nacional.
    5. Certifico del banco sobre posibles deudas.
    6. Certificado sobre la categoría del suelo, emitido por el Departamento Provincial de Suelos.
    7. Certificado del Mapa Catastral, emitido por las Direcciones Municipales de Planificación Física.
    8. Tasación e inventario de la tierra y los bienes agropecuarios (plantaciones, etc) emitido por la Empresa Agropecuaria del Ministerio de la Agricultura del Municipio.
    9. Criterios de los Delegados o Directores Provinciales y Municipales de ambos territorios, cuando la permuta es entre provincias. En el caso de permuta dentro de la misma provincia, se solicitan los mismos documentos pero a nivel municipal y el criterio del Presidente de la ANAP a nivel provincial.
    10. Pago del impuesto que corresponda.

    Procedimiento:

    El agricultor pequeño que solicita efectuar permuta con áreas del Estado, presenta su solicitud al Director Municipal de Control de la Tierra, acompañando el escrito del Director de la Empresa que está conforme en entregar las tierras, las demás acciones de certificación, emisión de criterios, investigaciones y otras, estarán a cargo del territorio donde reside éste, dando traslado del expediente registral a la instancia superior para que sea completado en el otro territorio, siendo el Delegado o Director Provincial quien concluye el trámite o lo eleva al Ministro de la Agricultura.