Reconocimiento de filiación de padres a hijos(as)

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Creado: Viernes, 24 Mayo 2019 00:14
Última actualización: Jueves, 30 Mayo 2019 09:08
Escrito por Dirección Provincial de Justicia
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Se presentará:
Carné de identidad de la madre y el padre, Declaración Jurada de ambos padres ante el registrador o notario. En los casos de cubanos residentes en el exterior o extranjeros deben acreditar la escritura de reconocimiento auto-rizada por notario público y el documento expedido por la Dirección de Inmigración y Extranjería, acreditando las fechas de entrada y salida del país de dichas personas.