Reconocimiento de filiación de padres a hijos(as)
- Detalles
- Creado: Viernes, 24 Mayo 2019 00:14
- Última actualización: Jueves, 30 Mayo 2019 09:08
- Escrito por Dirección Provincial de Justicia
- Visto: 125
Se presentará:
Carné de identidad de la madre y el padre, Declaración Jurada de ambos padres ante el registrador o notario. En los casos de cubanos residentes en el exterior o extranjeros deben acreditar la escritura de reconocimiento auto-rizada por notario público y el documento expedido por la Dirección de Inmigración y Extranjería, acreditando las fechas de entrada y salida del país de dichas personas.




















