La Guía de Transito (GT) según el Artículo, 67 y 68 del Reglamento de la Ley Forestal es el documento oficial que permite el transporte de la madera y productos no madereros desde el bosque a la finca, área de procesamiento o el almacenamiento de la madera u otros destinos, con excepción del transporte de madera de entidades estatales hacia sus aserríos. La solicitud se puede realizar cumpliendo los siguientes requisitos:
- Los trámites lo realizara el dueño de la madera.
- Tener la GF para la solicitud de la GT en el caso de los campesinos.
- Tener el árbol o los árboles talado y troceado.
- Visita del funcionario del SEFM para verificar la ejecución de la GF.
- Tener el turno de aserrado en el aserrío más cercano.
- Tener ya gestionado el transporte para hacer el traslado.



















